Alojamientos y estado de alarma
Os facilitamos información en torno a las obligaciones de los hoteles, los ERTEs y otras cuestiones relacionadas con vuestros clientes.
LOS ALOJAMIENTOS Y EL ESTADO DE ALARMA
La norma que regula el Estado de Alarma en que nos encontramos NO obliga al cierre de los alojamientos (hoteles, campings, casas rurales o apartamentos).
Pese a que es claro y evidente el descenso de ocupación, entre otras acrecentado por la prohibición de movilidad de la citada normativa, muchos alojamientos tienen clientes alojados o están abiertos para dar servicio a trabajadores de empresas o clientes del turismo médico.
Dos cuestiones a comentar:
1º.- Los clientes alojados tienen la obligación de cumplir las obligaciones del resto de ciudadanos, como es mantenerse en sus habitaciones y no disfrutar de los alojamientos como si estuvieran de vacaciones.
Los alojamientos tienen que cerrar las instalaciones de bar, piscinas, balnearios, etc, estando únicamente obligados a atender las necesidades de restauración de sus clientes alojados, imponiendo tajantemente las obligaciones sanitarias de higiene y mantenimiento de la distancia entre las personas.
2º.- Tramitación de Ertes (enviaremos hoy otra circular intentando aclarar esta normativa que será actualizada el martes).
Al no haberse impuesto la obligación de cierre a los alojamientos no se podrán tramitar por Fuerza Mayor, lo que impide la automatización de su concesión y elimina la exención de las cuotas a la Seguridad Social. Pero se podrán tramitar por la vía ordinaria.
Por tanto puede darse el caso de hoteles que disponen de Restaurante, que podrán tramitar un Erte por fuerza mayor para sus trabajadores de Restauración y otro Erte (vía ordinaria) por causas productivas para sus trabajadores de hotel.
Esta información la damos hoy domingo al mediodía, pero como comprenderéis toda la información varía en horas. Tenemos conocimiento de que la CEHAT está también negociando por lo que es posible que está información cambie.